TESTIGOS DE JEHOVÁ
La persecución a los Testigos de Jehová fue sistemática durante el período 76/83. Muchos estuvieron presos y en su cautiverio fueron víctimas de delitos de Lesa Humanidad que merecen similar reparación que los detenidos políticos. Desde 1998, numerosos Testigos de Jehová vienen demandando que se les conceda una reparación económica en los mismos términos que los establecidos por una ley que fija resarcimientos para quienes fueron apresados por razones políticas en la última dictadura (1976-1983).
Muchas de esas personas se negaron a realizar el servicio militar cuando era obligatorio en nuestro país. Por este motivo estuvieron presos (período 76/83) y en su cautiverio soportaron tratos crueles e inhumanos similares a los que tuvieron que pasar los detenidos por motivos políticos.
Ellos venían reclamando al Estado argentino una reparación económica como Iglesia: se negaron a hacer el servicio militar en razón de sus creencias y ésa fue la única razón que tuvo el gobierno de facto para tratarlos de subversivos.
La persecución a los Testigos de Jehová fue sistemática y el trato que recibían todos era degradante, cruel, indigno e inhumano. Fueron sometidos a malos tratos en forma cotidiana y muchos sufrieron torturas similares a las que recibían los presos políticos en los centros clandestinos de detención de la dictadura.
Los Testigos de Jehová eran condenados a prisión por el delito de “insubordinación agravada” y en las sentencias -con penas de tres a siete años de cárcel- se dejaba sentada la opinión que tenía sobre ellos el Vicariato Castrense:
“Esta increíble secta impide a los testigos vestir uniforme y usar armas, prohíbe donar sangre, reconocer Patria, Autoridad y Bandera, lo que demuestra su inhumanidad y su peligrosidad” -dice uno de los fallos del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas.
Hoy la situación ha variado y nuestro estudio lleva adelante reclamos de este tipo que han sido reconocidos por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y por organismos judiciales. Alentamos la presentación de otros casos ya que estamos en presencia de delitos de Lesa Humanidad que merecen similar reparación que los detenidos políticos y, por otro lado, esos actos del Estado constituyen violación a los principios de libertad de cultos y de conciencia.
Consúltenos, tramitamos su reclamo
0810 888 1976 (valor llamada local desde cualquier punto del país)
info@exilioargentino.com
REQUISITOS
> Se requiere para la presentación:
1) Poder especial otorgado a nuestro favor.
2) Relato de los hechos los mas preciso posible, dando fecha y lugares en que debieron presentarse para cumplir con el servicio militar.
3) Acreditar la condición de Ministro de la Iglesia Testigos de Jehová.
4) Copia del Documento Nacional de Identidad.
5) Acompañar toda la documentación que pueda tener en su poder o indicar el Organismo donde la debamos requerir.
6) Apellido, nombre y domicilio de las personas con la que haya compartido la detención (cinco por lo menos).
7) Todo otro dato de interés.
> NOTA
Los honorarios de nuestros abogados, se pactan a resultado: esto quiere decir que si el cliente no percibe la indemnización éste nada debe pagar por ningún concepto.
Dentro de ese pacto de honorarios se encuentran incluidos todo tipo de gastos, los que son a cargo de nuestro estudio.
La tarea encomendada comprende la tramitación de todo el expediente hasta su terminación y cobro del beneficio por parte del cliente. Ello incluye, trámites administrativos, y judiciales y gestiones de todo tipo (excepto las que se deban hacer en el exterior del país).
En caso de solicitarlo podemos brindarle datos y nº telefónicos de clientes de referencia en temas de derechos humanos.
CONTACTENOS: 0810 888 1976 (valor llamada local desde cualquier punto del país)
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